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Chapala con más juicios de inconformidad por elecciones


  • Se han recibido ante el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco 422 recursos, de los cuales 97 son por impugnaciones al resultado de la elección

Guadalajara, Jalisco a 27 de julio de 2018.- Durante el presente proceso electoral el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco (TEEJ) ha recibido más de 422 asuntos, de los cuales 97 se refieren a juicios de inconformidad, estos derivados de la elección local, refirió el magistrado presidente Rodrigo Moreno Trujillo.

“El tribunal electoral de Jalisco, es el único tribunal en el país que no admite rezago, porque se tienen fechas fatales para resolver, por lo que se tiene el 10 de septiembre como plazo límite máximo para resolver todo lo que tenga que ver con elecciones municipales y el último de septiembre de la elección de diputados, no podemos excedernos de este plazo”, indicó el magistrado presidente.

Añadió que al rendir protesta los hoy contendientes, ya no existe posibilidad de que se impugne la elección, por ello las fechas para resolver, lo que en este momento son juicios de inconformidad de la elección, deben ser antes del 10 de septiembre, por lo que los asuntos que llegan al tribunal son divididos para su resolución a las ponencias de los cinco magistrados que integran el TEEJ, bajo un sistema aleatorio para compensar las cargas.

Moreno Trujillo, agregó que de Chapala es el municipio que se han recibido un mayor número de impugnaciones al considerar los agraviados que se incurrieron en irregularidades en la elección, también se tienen asuntos de Tlaquepaque, Villa Corona, Bolaños, Mixtlán, Villa Hidalgo, Guadalajara, Tonalá y Zapopan, estos últimos se impugnó la repartición de regidurías por el principio de representación proporcional.

Recordó que en el caso de solicitud de nulidad de la elección, la ley electoral establece causales que permiten la nulidad de las casillas, tal es el caso: presión, violencia, errores de cómputo y la nulidad de la elección se puede dar cuando el 20 por ciento de las casillas que se instalan, se anula.

También que de este mismo porcentaje (20 %) no se instalen o en su caso que el rebase de tope de gastos de campaña por alguno de los actores rebase en un 5 por ciento el monto aprobado por la autoridad electoral o que se acredite que hubo recurso ilícito o contratación de radio y televisión, así como la comprobación de irregularidades graves.

Sin embargo el magistrado apuntó que el tribunal tomará en cuenta los planteamientos de los denunciantes, que no sean dichos, sino que se pueda comprobar con evidencias documentadas los fundamentos de sus demandas.

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