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Reclusorios y ridículos de la CEDHJ



Enrique Torres Girón


Por estos días, el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco, Alfonso Hernández Barrón, halló una manera —fallida, por cierto— de prestigiarse, a costa no de las autoridades, sino de la población penitenciaria.


El asunto es que la CEDHJ emitió la recomendación 147/2021, dirigida a la Secretaría de Seguridad y a la Dirección de Prevención y Reinserción Social del Estado de Jalisco. Y el problema, para Hernández Barrón, es que lo hizo increíblemente mal, como si no conociera de leyes y como si no supiera que es defensor de los derechos humanos. Es lamentable decirlo, pero el presidente de la CEDHJ quedó en ridículo.


La Recomendación citada califica como ilegales —dizque por no informar a algún juez ni obtener su autorización— a 23 traslados de mujeres privadas de la libertad a reclusorios para varones en el complejo penitenciario de Puente Grande, donde participaron de actividades deportivas y culturales; refiere también la detección por la misma autoridad penitenciaria de aliento alcohólico, que no ebriedad, en once de 64 de estas mujeres, en una sola ocasión; y también supuestas represalias de las autoridades en perjuicio de policías custodias que habrían denunciado estos hechos.


De lo anterior, la Recomendación de la CEDHJ concluye en que “Se violaron los derechos humanos de legalidad y seguridad jurídica en transgresión al principio de debida custodia y al de adecuada reinserción social”; y que “Se acreditó la violación al derecho de igualdad y no discriminación de las mujeres, ya que quedó evidenciada la desventaja social que tienen frente a los hombres, la cual las puede orillar a seguir en una posición de proclive sumisión aprendida hacia éstos… y que DIGPRES no consideró la doble vulnerabilidad de ellas”.


Las autoridades penitenciarias y también el Secretario de Seguridad actuaron con mayor inteligencia y conocimiento de las leyes. Calificaron como improcedente tal Recomendación, porque fue jurídicamente mal fundamentada y porque tiene tintes misóginos que nadie esperaría de un Ombudsman. Yo agregaría que es una Recomendación incluso descontextualizada. Los hechos señalados sucedieron en 2020 y pareciera que para la CEDHJ no hubo pandemia de COVID19. La población penitenciaria está permanentemente confinada y hasta la CNDH se pronunció en abril de 2020 a favor de acciones audaces para evitar violencia, motines y fugas, ante la incertidumbre, la ansiedad y la suspensión de visitas en los reclusorios del país. Es obvio que la mejor manera es hacerlo con deporte y actividades artísticas.


El presidente de la CEDHJ ignora algo importante y eso descalifica su Recomendación. Los traslados que la Ley Nacional de Ejecución Penal y los acuerdos internacionales de Derechos Humanos obligan a comunicar a un juez, son los que implican un cambio permanente de reclusorio para compurgación de pena. Al parecer, Alfonso Hernández Barrón lee los diccionarios comunes, pero no los jurídicos. Traslados que son meros movimientos debe haber miles, no sólo 23, para actividades deportivas y artísticas, pero también para matrimonios de personas privadas de la libertad, registros de nacimientos de sus hijos, visitas íntimas o atenciones médicas u otros motivos que son derechos legales y humanos de los privados de la libertad.


El colmo de un defensor de los derechos humanos es que califique a las mujeres como en “desventaja social que tienen frente a los hombres, la cual las puede orillar a seguir en una posición de proclive sumisión aprendida hacia éstos”, simplemente por acudir con varones a actos deportivos y culturales que, por cierto, la autoridad penitenciaria está obligada a desarrollar. ¿Así o más misógino? ¿Así o más talibán? Al presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, o le asesoran muy mal o sus afanes de ser reelegido, yo qué sé, algún defecto le tiende trampas que él mismo teje.


ENRIQUE TORRES GIRÓN

LICENCIADO EN DERECHO

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